requisitos en materia de pruebas e información a los importadores y fabricantes de determinads sustancias persistentes, bioacumulativas y tóxicas

Reglamento (CE) no 465/2008 de la Comisión, de 28 de mayo de 2008, por el que se imponen, de conformidad con el Reglamento (CEE) no 793/93 del Consejo, requisitos en materia de pruebas e información a los importadores y fabricantes de determinadas sustancias que pueden ser persistentes, bioacumulativas y tóxicas y que figuran en el Catálogo Europeo de Sustancias Químicas Comercializadas (1)
Reglamento (CE) no 465/2008